Justicia sobresee a Jorge Jiménez tras acusaciones infundadas

Han transcurrido casi cinco años, mayo de 2017, desde que el ex Alcalde de Panguipulli, Rodrigo Valdivia Oria, denunciara al profesional Jorge Jiménez Muñoz, profesor de historia y trabajador social, quien fuera Coordinador de Senda Previene comunal, ante la Fiscalía de Panguipulli, por un presunto delito de connotación sexual (ver pornografía en un computador junto a una menor de edad) cometido por el profesional en las instalaciones de Corporación Municipal.

Ante dicha acusación, el profesional presentó de inmediato su renuncia al cargo aduciendo razones personales y la pérdida de confianza del jefe comunal.

La Fiscalía de Panguipulli, al recibir estos antecedentes en contra del hombre, ordenó de inmediato diligencias a la Brigada de Delitos Sexuales de la Policía de Investigaciones, al cual inició una indagatoria, sin resultados positivos, ya que el peritaje al computador en cuestión, por la Brigada de Ciber Crimen, arrojó que en el peritaje informático de la PDI, no se encontró nada de carácter sexual ni pornográfico, no se evidenciaron imágenes de connotación sexual o eróticas en el computador indagado, por lo que la Fiscal de aquel momento, Sra.. Alejandra Loreto Anabalón Zunino determino archivar el caso, con la venia de la Fiscalía Regional Región de Los Ríos.

NUNCA EXISTIÓ DELITO

INFORME DE LA BRIGADA DE DELITOS SEXUALES

De acuerdo al informe al que tuvimos acceso, en el análisis forense informático realizado por la Unidad de Ciber Crimen de la Policía de investigaciones N°124/2017, con fecha 19 de octubre de 2017 y de acuerdo al Oficio N°1557 de la fecha 11 de julio de 2017, que buscaba determinar cualquier elemento de interés criminalístico, se solicita rescatar imágenes con contenido pornográfico o cualquier otra evidencia que pudiera configurar delito.

En el informe se lee: “De acuerdo a las actividades y sus resultados, se declara en el apartado 3.1 que se procedió a la aplicación de herramientas de bloqueo, tanto del hardware como del software, lo que garantiza la fidelidad e inalterabilidad de la información del equipo a analizar. Además, se realizó un proceso de imaging (imagen forense de datos), lo que generó un archivo de evidencia digital, que es un duplicado exacto de los datos. Se estableció como base de trabajo los parámetros de búsqueda de formatos de imágenes comúnmente utilizados tales como JPG, BMP, TFF, PNG, GIF, ART, JPE, JPEG y formatos de videos, incluidos soportes más comunes en el área informática tales como: AVI, MGP, 3GP, WMV, MP4, MPEG, RAM, MOV, AWM, MMM,QTM, ASF. Se procedió a la correspondiente búsqueda y extracción de imágenes y videos. De lo anterior, se debe señalar que no se evidenció Material Pornográfico, ni archivos de posible interés investigativo como se muestra en el siguiente cuadro demostrativo.

A modo de conclusión: “Después de efectuado el análisis al equipo detallados en el punto 2 asociados a las N.U.E. 207598, se desprenden las siguientes aseveraciones:

“No se evidenciaron imágenes de connotación sexual o eróticas”.

En conclusión, no fue cierto que el profesional, Jorge Jiménez Muñoz haya incurrido en la acción de carácter delictual pornográfico de lo que derivó la acusación ante la Fiscalía de Panguipulli por parte del Ex Alcalde Rodrigo Valdivia Orias.